martes, 10 de septiembre de 2013

Paraguay: Generalización del IVA al agro e Iragro tienen dictamen favorable

PARAGUAY : Como octavo punto del orden del día figura hoy el tratamiento del proyecto de ley, “Que modifica disposiciones de la Ley 125 del 9 de enero de 1992”, “Que establece el Nuevo Régimen Tributario y dispone otras medidas de carácter tributario”. Este proyecto deroga el impuesto a la renta a las actividades agropecuarias (Imagro) y lo convierte en impuesto a la renta agropecuaria (Iragro). Además, generaliza la aplicación del impuesto al valor agregado (IVA) a todo el sector agropecuario.

El titular de la comisión de Asuntos Económicos, Juan Félix Bogado Tatter, señaló que se dictaminó a favor de la ley que crea el Iragro y generaliza el IVA agropecuario, tal como salió de la Cámara de Senadores.
Según el dictamen de la comisión de Asuntos Económicos se pudo constatar que varios artículos (45% aproximadamente) de las modificaciones introducidas por el Senado, fueron en su momento ya planteados en el dictamen de la citada comisión, pero rechazadas en el plenario de Diputados.
Analistas consideran que este proyecto podría suplir la actual carencia impositiva en un área de altísimo nivel productivo, como es el de los productos agropecuarios en estado natural.
También la comisión de Presupuesto de la Cámara Baja aconseja aceptar la media sanción de la Cámara Alta.
PRODUCTOS. Entre otras cosas, la normativa contempla la generalización del IVA al sector agropecuario, con lo cual a partir de ahora estarán alcanzados los productos agrícolas, frutícolas, hortícolas en estado natural y animales vivos, de los bienes de la caza y de la pesca, vivos o no. Actualmente, solo están gravados por este tributo el aceite vegetal virgen o crudo desgomado, arroz, fideos, aceites comestibles, yerba mate, leche, huevos, carnes no cocinadas, harina y sal yodada.
La tasa aprobada es del 5%, y el Poder Ejecutivo queda autorizado a incrementar, así como a fijar tasas diferenciales entre el 5% y el 10% para todos los productos, bienes y servicios alcanzados por este tributo.
Además, se estableció que la devolución del impuesto para quienes exporten tanto productos industrializados como en estado natural sea del 50%. Esta decisión no conforma ni a los agroexportadores ni a los productores, que pretendían se les devuelva la totalidad del tributo. Con esta decisión, se estima que el fisco recaudará USD 70 millones más por este impuesto.
Entretanto, por el Iragro –que se cobrará sobre las ganancias y ya no sobre superficie cultivada– se estima recaudar USD 200 millones, aproximadamente.

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