lunes, 23 de junio de 2014

ESPAÑA: El Gobierno actualiza la norma sobre las notificiaciones de brotes de enfermedades animales de declaración obligatoria


Se incorporan al ordenamiento jurídico español los cambios en la lista de la OIE.
Cambia la normativa de notificación de focos de brucelosis bovina, tuberculosis bovina, leucosis bovina enzoótica y brucelosis ovina y caprina si se producen en provincias declaradas oficialmente libres de estas patologías. Además, modifica la normativa de los programas de erradicación de perineumonía contagiosa bovina y leucosis enzoótica bovina.

El Consejo de Ministros ha aprobado el viernes 20 de junio un Real Decreto por el que se modifica la normativa vigente sobre la lista de enfermedades de notificación obligatoria y su comunicación.

Entre los cambios, figura la obligatoriedad de notificar de forma semanal para los focos primarios y mensual para los focos secundarios la brucelosis bovina, tuberculosis bovina, leucosis bovina enzoótica y brucelosis ovina y caprina en las provincias declaradas oficialmente libres de estas enfermedades según la normativa comunitaria.

Además, fija un nuevo plazo para la declaración de los focos secundarios de las enfermedades de los animales acuáticos, que a partir de ahora se hará de forma mensual en lugar de semanal, para las enfermedades declaradas endémicas de cara a la Organización Mundial para la Sanidad Animal.

De esta manera, se incorporan al ordenamiento jurídico nacional los cambios en la lista de enfermedades de notificación obligatoria de la Organización Mundial de Sanidad Animal y las modificaciones en la normativa europea, tanto de las enfermedades listadas como de las consideradas “emergentes”.

El Ministerio ha añadido en la nota de prensa en la que ha comunicado todos estos cambios que, desde la década de los 90, España es un país libre de perineumonía contagiosa bovina y oficialmente indemne de leucosis enzoótica bovina. Por ello, el nuevo Real Decreto modifica también la normativa sobre los programas de erradicación de enfermedades de los animales, en lo que se refiere al movimiento de animales a ferias o mercados, pues suprime la necesidad de las pruebas frente a estas enfermedades.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.