lunes, 23 de julio de 2012

Decretan una prórroga de tres años para la Cuota Hilton



Además, a partir de esta medida, los ministerios de Agricultura, Economía e Industria podrán “tomar medidas de excepción o declarar la emergencia del régimen”, mientras que la Secretaría de Comercio Interior será la encargada de verificar el cumplimiento de precios y el abastecimiento interno.
El Gobierno publicó este martes en el Boletín oficial el decreto que extiende hasta el 30 de junio de 2015 el régimen de distribución del cupo tarifario de cortes de carne vacuno de alta calidad instituido en 2009.
El Ejecutivo resolvió prorrogar por tres años -entre el 1 de julio de 2012 y el 30 de junio de 2015- la Cuota Hilton “dada la importancia económica, estratégica y social que reviste el cupo tarifario de cortes de carne vacuno sin hueso de alta calidad para el Estado nacional”.
En ese marco, el decreto 1174 ordena modificar varios aspectos del régimen de distribución de la cuota que estaba vigente desde el 16 de julio de 2009.
Entre otros, el artículo 2 del actual decreto establece que los ministerios de Economía, de Agricultura y de Industria “podrán tomar medidas de excepción y/o declarar la emergencia del régimen para proteger el desarrollo y la continuidad de la industria de una determinada región, o tomar medidas excepcionales de salvaguarda que protejan el desarrollo y la continuidad de la industria”.
Asimismo, añade la norma, “si en el futuro existieren restricciones o circunstancias especiales, de carácter sanitario, que afecten en forma significativa a una región del territorio nacional, a las exportaciones del sector o a algún mercado determinado, se podrá, en virtud de ello, exceptuar a los interesados en ser adjudicatarios del cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas, así como de las medidas previstas para los distintos supuestos de incumplimiento”.
El artículo 3 del decreto explica que la Secretaría de Comercio Interior, en el marco de su competencia, será la que verificará “el cumplimiento de las pautas de precios internos acordadas y el efectivo abastecimientointerno”.
En tanto, el artículo 12 de la norma fija que, excepcionalmente, las tres carteras mencionadas anteriormente “podrán establecer nuevos parámetros de distribución, agregar otros a los ya previstos o sustituir alguno de ellos, previo informe técnico que acredite la existencia de fundadas razones de interés público y que respondan a los fines previstos en el artículo 4°”.
La Argentina es el país que mayor porcentaje de cuota posee, con 28.000 toneladas anuales, lo que representa casi la mitad de la Cuota Hilton que otorga la Unión Europea.
Sin embargo, a quince días de finalizar el ciclo 2011/12, las estadísticas del sector indicaban que la industria local no completaría su cupo por quinto año consecutivo. Hasta el primero de mayo se habían exportado sólo 13.728 toneladas, apenas el 47% del total permitido

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