
La difusión del video de Cabandié discutiendo con una agente de tránsito de la municipalidad de Lomas de Zamora abrió el debate sobre la documentación que un conductor debe llevar consigo y sobre las facultades de un agente a la hora de requerir esos documentos.
En la secuencia que se viralizó por las redes sociales la agente le solicitó al candidato a diputado por el Frente para la Victoria el comprobante de pago del seguro y ante la negativa le informó que le iban a secuestrar el auto.
A raíz del hecho, ámbito.com se contactó con el vocero de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), Ernesto Arriaga, quien señaló que “a un conductor no le pueden retener el vehículo por no tener el carnet de vigencia o certificado de cobertura”. Todos los conductores deben llevar consigo un seguro contra terceros ya que es una normativa obligatoria establecida por ley, sin embargo, Arriaga alertó que “eso se demuestra con el comprobante de certificado de cobertura que demuestra que la póliza está vigente, pero eso no tiene que ver con el pago por tarjeta de débito”.
En la actualidad la Ley de Tránsito Nº 24.449 es la normativa vigente en todo el país en cuanto a circulación en rutas y caminos. En su artículo 40 establece qué documentos debe llevar el conductor consigo para circular:
* El DNI;
* La licencia de conducir habilitante en fecha;
* La cédula de identificación del vehículo -cédula verde o cédula azul, según corresponda-;
* El certificado de VTV -vigente en todo el país menos en Ciudad de Buenos Aires porque aún no están licitados los talleres- y;
* El certificado de póliza del seguro vigente del vehículo.
* La licencia de conducir habilitante en fecha;
* La cédula de identificación del vehículo -cédula verde o cédula azul, según corresponda-;
* El certificado de VTV -vigente en todo el país menos en Ciudad de Buenos Aires porque aún no están licitados los talleres- y;
* El certificado de póliza del seguro vigente del vehículo.
Sobre este último documento se desató la polémica de los últimos días. La historia ya es conocida: Cabandiédiscutió aireadamente con la agente de tránsito porque el diputado adujo no tener el talón de pago del seguro, ya que abona el servicio a través del débito automático. La agente quiso retenerle el vehículo y a partir de allí se desató la polémica.
A la hora de circular por rutas y caminos de la Argentina, el conductor debe tener consigo un certificado que acredite la validez del seguro. “El seguro le da al conductor un papel que dice cuál es la vigencia de la póliza. Pero la ley no habla de un comprobante de pago”, dijo el vocero de ANSV.
Consultado sobre cuál es la posibilidad que a un conductor se le retenga el vehículo Arriaga fue terminante: “La única causa para retenerle el vehículo es por alcoholismo”. Sin embargo, remarcó que aquel conductor que no tenga el carnet de vigencia de la póliza puede ser multado y hasta incluso se le puede retener la licencia “si la autoridad lo considera”, señaló el experto en seguridad vial. “Es una falta gravísima, como pasar el semáforo en rojo”, agregó Arriaga.
Al preguntarle por la autoridad que puede retener la licencia o el vehículo Arriaga sostuvo que “esa es una facultad de quien esté ejerciendo el poder de policía”. “En caso de que los agentes municipales retengan un vehículo deberán llevarlo al parque municipal acompañados por un policía o gendarme”, agregó.
Por otro lado, Arriaga recordó que en el futuro las multas pasarán a formar parte de un registro nacional porque ya está en marcha un proyecto para formalizar un registro único de antecedentes de faltas. “Si se hace una multa en cualquier parte del país va a ir a un banco de datos y cada tantas infracciones de primer grado graves se le podrá suspender la licencia e incluso se puede llegar hasta la inhabilitación”, remarcó Arriaga.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.