domingo, 26 de agosto de 2012


Decretan la quiebra para Harengus

Ocho meses después que el directorio de la pesquera Harengus SA solicitara formalmente que se decretara la quiebra de la compañía al argumentar que no estaba en condiciones de hacer frente a las obligaciones emanadas del Concurso Preventivo de Acreedores, el Juez de Ejecución de Puerto Madryn, Luis Horacio Mures, finalmente resolvió ayer acceder al pedido y firmó la sentencia de quebranto de la empresa.
Técnicamente se procederá a la liquidación de parte de los bienes hasta completar el pago de las acreencias que ya han sido certificadas en el proceso concursal, por un monto superior a los cuarenta y cinco millones de pesos, aunque debe señalarse que la dilación judicial de decretar la quiebra, pedida hace ocho meses, incrementó la deuda posconcursal.
Por delante, se abren varios caminos, la reciente modificación de la Ley de Quiebras permite la opción que los trabajadores agrupados puedan eventualmente presentar un proyecto de “empresa recuperada”, de hecho, meses atrás habían estado analizando esa posibilidad, aunque no se registró ningún avance en ese sentido, ni hay una propuesta sistematizada y técnicamente elaborada, apenas es una expresión de deseo, o una idea que tuvieron desde el sindicato que agrupa al personal de planta.
Por otra parte, aparece un grupo de inversores de nacionalidad china que conforman la Cámara de Autoservicios y Supermercados Propiedad de Residentes Chinos (Casrech), que oportunamente intentó negociar una compra de la empresa, pero al no haber interés de parte de los accionistas de Harengus, esa opción se desestimó. Aunque el empresario chino Oscar Zheng Jicong anticipó en aquel momento que mantenían la expectativa para cuando llegara el momento de la quiebra y la liquidación de bienes, ellos estaban dispuestos a presentarse en el remate y disputar la compra del residual de la pesquera.
PLANTA Y BARCOS
Son varias las cuestiones a tener en cuenta sobre esta instancia que se abre a partir de ahora. La quiebra y la extinción de la actividad supone también que se extingue la relación laboral de todos los trabajadores, por lo que, en el caso de empleados de la planta procesadora presentarán un pedido de pago de los salarios caídos desde mayo a la fecha, ya que como se recordará la empresa vendió uno de sus activos, la cuota de merluza hubbsi de tres barcos, para cancelar las deudas salariales posteriores al concurso.
Se decretó la quiebra por un pedido directo voluntario de los accionistas de la pesquera ante el fracaso del concurso, no fue producto de la solicitud de alguno de los acreedores, y ahora el Juzgado de Ejecución hará técnicamente una incautación de todos los bienes, tomará posesión y tendrá en custodia la planta de procesamiento, y los barcos congeladores tangoneros: Codepeca I, Codepeca III y Sermilik que están amarrados en el muelle Storni que permanecen abandonados desde el año pasado en el puerto; en estos casos, la legislación prevé que el síndico debe realizar los contratos de seguros, para la conservación y administración de los bienes.
SUBASTA Y LIQUIDACIÓN
Por delante, los acreedores deberán solicitar la verificación de sus créditos y preferencia de pago, según lo establece la Ley de Quiebras 24.522. Dentro de los 30 días de haber presentado el informe individual de los créditos, el síndico debe elevar un informe conteniendo todas las acreencias y activos certificados en las incautaciones.
Una vez presentado el informe y no habiendo observaciones al mismo, el juez dictará resolución fijando definitivamente las categorías y los acreedores comprendidos en ellas. El síndico debe promover la constitución de un comité de acreedores que actuará como contralor de la etapa liquidatoria.
Posteriormente se publicarán los edictos de remate de Harengus SA, donde en primera instancia se intentará la enajenación de la empresa como unidad, es decir, un mismo remate con la totalidad de sus bienes. Si, el mismo fracasara, luego de debe proceder al remate de bienes por separado.
Todo este procedimiento se realizará a través de subasta pública, pudiendo disponer el juez que, fracasada la primera, en el mismo acto se convoque sin base a segunda. Recién cuando se hayan liquidado todos los bienes y los acreedores cobrado sus créditos se da por clausurada la quiebra.
OTRO AÑO PERDIDO
Con todo, queda aún mucha agua por cruzar bajo el puente. A los ahora ex trabajadores de Harengus les han hecho creer que la quiebra era una solución, pero lo cierto que todavía falta mucho para que si eventualmente alguien se presenta en la subasta para comprar la empresa con pretensiones de ponerla nuevamente en funcionamiento, pueda hacerlo en poco tiempo.
Siendo optimistas, para cuando todo el proceso haya concluido, y los nuevos dueños tomarán posesión de los bienes, si hubiera interesados, ya habrá terminado la temporada de langostino, que son las únicas unidades productivas que le pueden inyectar liquides y poner en marcha el esquema de producción de la empresa.
¿QUIÉN SIGUE?
Así las cosas, la noticia de que se ha dictado la sentencia de quiebra de la pesquera Harengus es otro duro golpe a la industria pesquera de Chubut. Fue una de las empresas líderes que supo tener la actividad en la provincia, llegó a emplear a quinientas personas, y más allá de la incapacidad propia de la conducción de la compañía, no es menos cierto que su declive tuvo como ingredientes la crisis del sector que sigue empujando emprendimientos a la ruina, ante la ausencia de políticas que le devuelvan competitividad a la pesca argentina.
La quiebra de Harengus no es anecdótica. Reviste una dimensión y gravedad tal que muestra con crudeza cómo pueden terminar otras pesqueras de la región, y puntualmente de Puerto Madryn, que en la actualidad caminan sobre una cornisa de extrema fragilidad.

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