lunes, 30 de mayo de 2011

Los productores apícolas deberán inscribirse obligatoriamente en el Renspa

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) comunicó que, a partir del mes de mayo, todos los productores apícolas deberán tramitar la inscripción al Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa) en la oficina del Senasa correspondiente a la ubicación de cada colmenar.





Se implementará, además, el Documento de Tránsito Animal (DTA/DTe) para el movimiento de colmenas.



Para obtener la credencial del Renspa, el productor deberá presentar: Fotocopia de DNI, de inscripción al CUIT/CUIL, de credencial, del Renata, completar la planilla de declaración jurada con los datos personales, productivos y de ubicación de las colmenas.



Asimismo, los apicultores trashumantes, desde el 1° de junio del corriente, sólo podrán movilizar sus colmenas habiendo gestionado previamente el Documento de Tránsito de Animal (DTA-DTe) en las oficinas del Senasa correspondientes al lugar de origen de los colmenares a trasladar.



Para obtener el DTA/DTe, deberán solicitar la inspección previa de las colmenas a trasladar, además de declarar el Renspa de origen y el de destino.



Este registro permitirá la creación de una base de datos con la ubicación precisa de los colmenares en Argentina. De este modo, el Senasa podrá conocer con mayor celeridad aquellos cambios que se produzcan en el estatus sanitario, así como evitar la dispersión de eventuales focos infecciosos o de plagas parasitarias exóticas. Esta herramienta contribuye, además, con el necesario ordenamiento territorial de las diferentes regiones productivas.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.