martes, 7 de mayo de 2013


¿Cómo circular con maquinaria agrícola? en las rutas de nuestro pais

Se realizará exclusivamente durante las horas de luz solar. Desde la hora “sol sale”, hasta la hora “sol se pone”, que figura en el diario local, observando el siguiente orden de prioridades: a) Por caminos auxiliares, en los casos en que estos se encuentren en buenas condiciones de transitabilidad tal que permita la circulación segura [...]
Se realizará exclusivamente durante las horas de luz solar. Desde la hora “sol sale”, hasta la hora “sol se pone”, que figura en el diario local, observando el siguiente orden de prioridades:
a) Por caminos auxiliares, en los casos en que estos se encuentren en buenas condiciones de transitabilidad tal que permita la circulación segura de la maquinaria.
b) Por el extremo derecho de la calzada. No podrán ocupar en la circulación el carril opuesto, salvo en aquellos casos donde la estructura vial no lo permita, debiendo en esos casos adoptar las medidas de seguridad que el ente vial competente disponga.
Cada tren deberá circular a no menos de DOSCIENTOS METROS (200 m) de otro tren aún cuando forme parte del mismo transporte de maquinaria agrícola, debiendo guardar igual distancia de cualquier otro vehículo especial que eventualmente se encontrare circulando por la misma ruta, a fin de permitir que el resto de los usuarios pueda efectuar el sobrepaso.
Está prohibido:
a) Circular con lluvia, neblina, niebla, nieve, etc., oscurecimiento por tormenta, o cuando por cualquier otro fenómeno estuviera disminuida la visibilidad.
b) Estacionar sobre la calzada o sobre la banquina, o en aquellos lugares donde dificulten o impidan la visibilidad a otros conductores.
c) Circular por el centro de la calzada, salvo en los caminos auxiliares.
e) Efectuar sobrepasos.
Fuente: Agritotal.com

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