
La norma protege a los vendedores ante posibles escenarios de bancarrota o dificultad en los pagos de parte de los receptores en Norteamérica.
El comercio internacional está jalonado por muchos riesgos, especialmente si se trata de la exportación de alimentos perecibles, uno de los rubros en los que más ha crecido Perú con la agroindustria. Por ello, hoy existen mecanismos legales que buscan proteger al vendedor de frutas y vegetales frescos en un mercado tan competitivo pero también tan cambiante como Estados Unidos.
El Dr. William Shubert, abogado estadounidense residente en Chile y experto en áreas de regulación pública, libre competencia y derecho ambiental, explica que actualmente se encuentra vigente la Ley de Productos Agrícolas Perecederos (PACA, por sus siglas en inglés) cuyo objetivo es justamente proteger a los exportadores que llevan productos hacia Estados Unidos ante casos de bancarrota de la empresa receptora o fallas en el pago.
“La idea de esta ley es proteger el interés del vendedor de frutas y vegetales frescos en caso de que el receptor quiebre y haya problemas con el pago. Recordemos que Estados Unidos es un mercado vital para Perú, por lo que debe estar atento a esta norma. Los objetivos son básicamente la creación de un código de buenas prácticas para empresas que compran productos perecibles en grandes cantidades, vender licencias, crear mecanismos de resolución de disputas sobre contratos y crear un fideicomiso legal para proteger el interés del vendedor”, señala el especialista.
En ese sentido, Shubert recomienda a las empresas exportadoras que hacen negocios en EE.UU, que se aseguren de que su contraparte en Norteamérica cuenta con la licencia PACA. Para ello, basta con ingresar a la página web del Departamento de Agricultura de EE.UU. (USDA), donde se mantiene un listado actualizado de todas las empresas que cuentan con esta licencia. Allí debe figurar toda organización que compre o venda más de 2.000 libras de frutas y/o vegetales al día o registre más de US$ 230.000 en operaciones al año.
Agregó que los consignatarios y bróker también están en la obligación de contar con esta licencia para poder operar. Así, la USDA se asegura de que en el país operan empresas que siguen un código de buenas prácticas (como la prohibición del rechazo a un producto sin motivo razonable). Si alguno de estos protagonistas del mercado no cuenta con licencia, las controversias se llevan al plano de la ley comercial y se le aplica una multa por su omisión.
Dato
.El Dr. William Shubert participó como expositor de parte del estudio Araya & Cía., especializado en comercio internacional, durante el Seminario de Especialización en Procesos Agrícolas (SEPA) de Legislación Agraria en la sede limeña de la Universidad de Piura.
.Para mayores detalles sobre la ley PACA puede visitar la versión en español del USDA: https://www.ams.usda.gov/rules-regulations/%C2%BFcu%C3%A1l-es-el-prop%C3%B3sito-de-la-ley-paca
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