El Boletín Oficial de la UE ha publicado Reglamento de Ejecución 2018/775 de la Comisión Europea que establece las disposiciones de aplicación del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, en lo que se refiere a las normas para indicar el país de origen o el lugar de procedencia del ingrediente primario de un alimento.
El Reglamento, que entrará en vigor a partir del 1 de abril de 2020, no se aplicará a las IGPs y DOPs, ni a las marcas registradas cuando éstas constituyan una indicación de origen, en espera de la adopción de disposiciones específicas relativas a la aplicación del artículo 26, apartado 3, a estas indicaciones.
El texto íntegro puede descargarse desde este enlace a https://carnica.cdecomunicacion.es/images/descargas/carnica/Reglamento_de_Ejecución_de_la_Comisión_Europea_sobre_la_información_alimentaria_facilitada_al_consumidor_en_lo_que_se_refiere_a_las_normas_para_indicar_el_país_de_origen_ingrediente_primario_de_un_alimento.pdf
Fuente: Agromeat
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