viernes, 11 de agosto de 2017

PERÙ: Simplifican procedimientos para saneamiento físico legal de propiedades agrarias

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Plazos más cortos y menores costos de procedimientos post título de propiedad se consideran para otorgar seguridad jurídica a los poseedores de los predios.

Mediante Decreto Supremo N° 009-2017 MINAGRI, El Ministerio de Agricultura y Riego en su calidad de ente Rector en Titulación de Tierras y Catastro Rural, modificó varios artículos del Reglamento que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Rurales, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2008-VIVIENDA, con el objeto de simplificar los procesos de titulación de tierras, acortar los plazos y costos de los procedimientos post título de propiedad y permitir la participación de un mayor número de profesionales en los procedimientos catastrales - registrales. 

Asimismo, los cambios buscan que los Gobiernos Regionales a nivel nacional avancen en el proceso de titulación de tierras, beneficien a los agricultores, otorguen la seguridad jurídica y dinamicen la economía en nuestro país.

Entre otros, el documento precisa que los poseedores de un predio rústico de propiedad del Estado, destinado a la actividad agropecuaria, podrán regularizar su situación jurídica cumpliendo los requisitos establecidos en la presente norma; siempre que dicha posesión se hubiera iniciado hasta antes del 25 de noviembre de 2010.

La norma completa puede consultarse en el siguiente enlace:

http://busquedas.elperuano.com.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-modifica-el-reglamento-del-decreto-legis-decreto-supremo-n-009-2017-minagri-1548999-3/

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