miércoles, 9 de agosto de 2017

Declaración Jurada de origen para semillas de algodón


El Instituto Nacional de Semillas (INASE) implementó el sistema de Declaración Jurada (DDJJ) de origen en algodón, para mejorar el control y establecer la reserva de semillas por parte de los usuarios como “excepción del agricultor”, según se publicó en el Boletín Oficial. Se trata de un avance para la fiscalización y protección de los […]
El Instituto Nacional de Semillas (INASE) implementó el sistema de Declaración Jurada (DDJJ) de origen en algodón, para mejorar el control y establecer la reserva de semillas por parte de los usuarios como “excepción del agricultor”, según se publicó en el Boletín Oficial.
Se trata de un avance para la fiscalización y protección de los usuarios de la semilla del algodón. Se avanzó en forma conjunta con el INASE, que durante la última reunión de la Mesa Nacional Algodonera en junio, expuso el proyecto de resolución que tuvo muy buena recepción por parte de las instituciones participantes.
Esta medida, consideraron, va a permitir mejorar la eficiencia, el control y fiscalización en materia de propiedad intelectual en las especies autógamas de algodón sin tener que esperar una nueva norma general sobre semillas.
El sistema que se establece es similar al de trigo y soja, pero de acuerdo con la característica que tiene el proceso de esta semilla, que debe pasar por una planta deslintadora donde se la transforma y queda apta para la siembra del algodón. En la DDJJ se establecer el origen legal de la semilla utilizada y de la reservada por parte del agricultor de acuerdo a la Ley N´ 20.247, que establece que “no se requerir la autorización del obtentor de una variedad vegetal protegida cuando se reserve y use como reserva para uso en su explotación el producto cosechado”.
Estarán exentos los productores que durante las últimas tres campañas inmediatas anteriores hayan producido un volumen promedio anual inferior a 450 toneladas de algodón en bruto, y los que se encuentren inscriptos en el Registro Nacional de la Agricultura Familiar (RENAF). También aquellos productores de semilla que estén inscriptos en el Registro Nacional de Comercio y Fiscalización de Semillas (RNCyFS) del INASE y únicamente respecto de la siembra con destino a semilla.
Entrará en vigencia en la campaña actual 2017-2018 y el vencimiento para la declaración jurada de siembra será el 31 de enero de cada año y para la de cosecha será el día 31 de julio del mismo año.
A diferencia de las resoluciones de DDJJ de soja y trigo, esta normativa establece en los artículos 5´ y 6´ una Declaración Jurada para los comercios y los procesadores de semilla de esta especie en la que deber n informar los datos requeridos.

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