miércoles, 24 de enero de 2018

SENASA también exigirá DTV para Kiwi, Vid, Olivo y frutales de carozo


Según informaron desde el organismo, se exige el DTV con el objetivo de asegurar la sanidad de las plantas que se producen en los viveros
Hoy se hizo publica la Disposición 2-E/2018 del SENASA a través de la cual el Director nacional de Protección vegetal amplio los términos dispuestos en el Registro Nacional Fitosanitario de Operadores de Material de Propagación, Micro propagación y/o Multiplicación Vegetal.
La medida dispone la obligatoriedad del Documento de Tránsito Sanitario Vegetal (DTV), para el traslado de material de propagación de: frutales de carozo, kiwi, vid y olivo. Según informaron desde el organismo, se exige el DTV con el objetivo de asegurar la sanidad de las plantas que se producen en los viveros. La medida estará vigente a partir del 25 de marzo (60 días corridos desde la publicación) para el tránsito de material de propagación de los géneros: Prunus spp., Actinidia spp., Vitis spp. y Olea spp .
Al mismo tiempo la disposición exceptúa a quienes no movilicen mas de 5 ejemplares de cada genero, siempre y cuando, no salgan del ámbito provincial y/o no existan otras restricciones cuarentenarias que limiten zonas reguladas. En reemplazo del DTV la mercadería deberá ser amparada por un remito y/o factura en donde constarán el origen (N° RENFO) y el destino geográfico de las plantas trasladadas.

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