lunes, 27 de enero de 2014

Operativo de control integrado a transportes de hacienda, productos de origen animal y vegetal


Profesionales del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) realizaron procedimientos de control integrado a transportes de hacienda, de sustancias alimenticias, productos de origen animal y vegetal, en la ruta nacional N°14 en las ciudades de Federación y Chajarí, Entre Ríos. Al mismo tiempo se informó a los actores de los distintos eslabones que [...]
Profesionales del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) realizaron procedimientos de control integrado a transportes de hacienda, de sustancias alimenticias, productos de origen animal y vegetal, en la ruta nacional N°14 en las ciudades de Federación y Chajarí, Entre Ríos.
Al mismo tiempo se informó a los actores de los distintos eslabones que componen la cadena de producción y comercialización de alimentos sobre la obligación de contar con las habilitaciones y la documentación que respalden su actividad como productores, elaboradores, comercializadores o firmas transportistas.
Dentro de la documentación requerida se verificó el estado y requisitos de carga, identificación de mercadería, vehículo, según la mercadería transportada, sellado sanitario de carnes, “y que las carnes declaradas estén aptas para el consumo humano”, informó el Senasa.
También se constató que sean provenientes de animales de las especies bovina, porcina, ovina, caprina y equina, que se faenen en establecimientos controlados por el Senasa, y que se encuentren identificados con el sello a tinta reglamentario en donde figura el número oficial del establecimiento, según Resolución N° 537/2002.
En las unidades móviles de control, adquiridas por el Servicio, se pueden realizar pruebas diagnósticas de frescura y determinaciones organolépticas en productos de la pesca y acuicultura.
El informe explicó que “en los operativos se identificaron anomalías, como ser en medias reses de carne, por lo cual se labraron actas de decomiso de mercadería que no cumplía con los requisitos del decreto 4238/68″.
Este decreto establece que los vehículos que transporten productos o subproductos de origen animal para establecimientos con habilitación nacional, deberán contar con equipamiento especialmente acondicionado y ser habilitados por el organismo sanitario nacional.
La habilitación se relaciona con las características de la caja de carga, contenedor o cisterna y sistemas de enfriamiento.

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