El tercer periodo de vacunación contra la fiebre aftosa de este año se inició este lunes y se extenderá hasta el 15 de agosto próximo, anunció el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (Senacsa). Además informa que hasta el próximo 30 de agosto se realiza el registro.
La resolución número 926/14 establece el tercer periodo de vacunación contra la fiebre aftosa del año 2014, en todo el territorio nacional, correspondiente a hacienda general (bovinos y bubalinos) y su registro.
Además señala que a partir del 30 de junio al 15 de agosto de 2014 y el registro hasta el 31 de agosto de 2014. El Senacsa considera que la inmunización de bovinos y bubalinos se constituye en una estrategia fundamental, para el cumplimiento del Programa Nacional de Erradicación de la Fiebre Aftosa.
El Senacsa destaca que el Programa Nacional de Erradicación de la Fiebre Aftosa, es de vital importancia y de prioridad nacional; y que la prevención de la referida enfermedad se constituye en una acción esencial de la Institución.
También recuerda a los productores la vigencia de la Ley 808/96 “Que declara obligatorio el Programa Nacional de Erradicación de la Fiebre Aftosa en todo el territorio Nacional”.
Finalmente señala que en el primer periodo de vacunación contra la fiebre aftosa se ha vacunado más de 14 millones de cabezas, de esa manera se ha cumplido con el objetivo propuesto a través del apoyo de todos los sectores; público, privado y productores, en este periodo se espera nuevamente cumplir con la meta de vacunar todos los animales correspondiente a las categorías terneros, desmamantes machos y hembras (bovinos y bubalinos).
Además señala que a partir del 30 de junio al 15 de agosto de 2014 y el registro hasta el 31 de agosto de 2014. El Senacsa considera que la inmunización de bovinos y bubalinos se constituye en una estrategia fundamental, para el cumplimiento del Programa Nacional de Erradicación de la Fiebre Aftosa.
El Senacsa destaca que el Programa Nacional de Erradicación de la Fiebre Aftosa, es de vital importancia y de prioridad nacional; y que la prevención de la referida enfermedad se constituye en una acción esencial de la Institución.
También recuerda a los productores la vigencia de la Ley 808/96 “Que declara obligatorio el Programa Nacional de Erradicación de la Fiebre Aftosa en todo el territorio Nacional”.
Finalmente señala que en el primer periodo de vacunación contra la fiebre aftosa se ha vacunado más de 14 millones de cabezas, de esa manera se ha cumplido con el objetivo propuesto a través del apoyo de todos los sectores; público, privado y productores, en este periodo se espera nuevamente cumplir con la meta de vacunar todos los animales correspondiente a las categorías terneros, desmamantes machos y hembras (bovinos y bubalinos).
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