jueves, 28 de noviembre de 2013

Un decreto difícil de entender


Uruguay produce unas 12.000 toneladas de promedio anual, de las cuales el 90 % se destina a la exportación. El consumo de miel en nuestro país es de apenas 700 gramos per cápita anual. En la Dirección General de la Granja hay más de 3.100 productores inscriptos y se estima en algo más de medio millón la cantidad de colmenas.
Respecto a las exportaciones, las exigencias europeas causaron un descenso de los envíos a ese destino que en 2011 superaron los US$ 42 millones, pero se espera que este año Alemania (el mayor destino de nuestras miles) recupere sus compras. Actualmente el mayor comprador de miles uruguyas es Estados Unidos.
El Poder Ejecutivo emitió un decreto para regular la producción e importación de productos apícolas, estableciendo la trazabilidad de los mismos. De esta forma se intenta adecuar la producción de miel a las exigencias de los mercados internacionales.
Ese decreto intenta gestionar los riesgos relativos a la cadena agroalimentaria, y sostiene que la trazabilidad de la miel y productos apícolas permite el rastreo de los productos en toda la cadena, desde la producción a la comercialización.
Esa reglamentación tiene la opinión favorable de la Comisión Honoraria de Desarrollo Apícola (CHDA), informó el diario La República.
De esta manera, todas las empresas o productores que se dediquen a la producción apícola, desde la producción, almacenamiento y comercialización, deberán estar obligatoriamente habilitadas por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. También todas las empresas de intermediación, ya sea para exportar e importar productos de esa naturaleza.
Los productos que ingresen al país, deberán ser identificados y acompañados de un certificado oficial del país de origen, en el que debe constar de qué establecimiento procede y si cumple con los requisitos higiénicos sanitarios.
Asimismo para exportar productos apícolas se deberá contar con un certificado zoosanitario oficial y de origen.
RENOVAR SU INSCRIPCIÓN.
Por otra parte los productores deberán renovar su inscripción ante el Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca todos los años mediante una declaración jurada. También se indican obligaciones para los envases, controles para el traslado de colmenas, así como cualquier cambio en la titularidad de la empresa.
La norma entrará en vigencia al año de ser publicada en el Diario Oficial, o sea en noviembre de 2014.
“UN REGALO PARA DEJAR DE ILUSIONARNOS CON QUE LAS COSAS PUEDEN SER SIMPLES”.
Urimpex Lheritier se refirió al mencionado decreto (al que se puede acceder en el enlace al final de la nota) que de forma sarcástica se refirió como “un regalo de fin de año para dejar de ilusionarnos con que las cosas pueden ser simples”.
Añade que “la miel uruguaya tiene sin lugar a dudas la mejor trazabilidad del mundo. Sólo faltaba integrar acopios transitorios, es decir registrar los tambores que se llevan los apicultores de salas comunitarias para depositarlos a la espera de venderlos”.
“Bastaba con hacer un registro del lugar donde habían estado”, subraya Urimpex Lheritier en su Facebook.
Pero “lo que tenemos ahora es un decreto complicado de entender que incluye actores que nada tienen que ver con la exportación y que en su mayoría están controlados por las Intendencias. Se agrega una planilla de movimientos, mas y mas burocracia que seguramente tiende a solucionar problemas que en 45 años de exportación de miel no han existido (aún no sabemos cuáles son)”, concluye.

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