martes, 6 de noviembre de 2012


La crisis de la Fragata Libertad: un conflicto que comenzó en los años ´90

El caso que desató una crisis política y diplomática tiene su origen en bonos emitidos en los noventa. El análisis de la BBC Mundo.
La crisis de la Fragata Libertad, retenida en Ghana desde principios de octubre, desató un conflicto diplomático y una crisis política en nuestro país. A tal punto que el Gobierno inició un reclamo ante Naciones Unidas.
La embarcación militar se encuentra en el centro de un intento de embargo por parte de acreedores de bonos impagos de la deuda argentina desde hace una década.
Pero lo que se ha convertido en una crisis política que le costó el puesto al jefe de la Armada y amenaza con tener ramificaciones internacionales con el país africano, tendría su origen en decisiones tomadas por ex gobernantes en la década del ’90.
Al menos, así lo asegura un análisis de la BBC Mundo, que asegura que para tratar de ejecutar el embargo, los bonistas -la firma NML Capital, subsidiaria de un fondo de inversión estadounidense- se basan en queArgentina renunció a la inmunidad soberana de sus activos en el exterior en algunas emisiones internacionales de bonos en aquella época.
Para emitir los papeles de la deuda, las autoridades financieras en aquel momento firmaban un contrato en el que se renunciaba a la inmunidad soberana sobre “los ingresos, activos o propiedadas” del país en el exterior, exceptuando algunas cláusulas.
Además, Argentina aceptó en estas operaciones relegar su propia jurisdicción en favor del sistema legal existente en los mercados donde se emitiesen los títulos, como por ejemplo, los de Estados Unidos y el Reino Unido.
“Era una exigencia de los acreedores”, contóa BBC Mundo Alejandro Olmos Gaona, profesor de la cátedra de deuda externa en la Universidad de Buenos Aires y quien trabajó como asesor de reestructuración de la deuda pública de Ecuador, con el gobierno del presidente Rafael Correa.
Antecedentes
Esto ocurrió a finales de los años ’80 y principios de los ’90, con la implementación del llamado Plan Brady, que llevaba el nombre del entonces secretario del Tesoro estadounidense, Nicholas Brady.
Al momento, muchos países en mercados emergentes -entre ellos los latinoamericanos México, Brasil, Ecuador, Venezuela y Argentina- estaban fuertemente endeudados por créditos con grandes bancos en Estados Unidos.
Dichos bancos tenían una alta exposición a estos países y recién se había dado una cesación de pagos en los años ochenta en México y Brasil. Por ello, Brady propuso que las líneas de crédito se transformasen en bonos de la deuda soberana, negociables en el mercado de manera secundaria.
Pero los acreedores exigieron la firma de determinados contratos que tenían todo tipo de cláusulas. La principal es que el Estado renunciaba a la soberanía de sus activos en el exterior de manera irrevocable y a perpetuidad, excepto en el caso de las reservas internacionales y los bienes considerados de servicio público (como misiones diplomáticas)”, explicó Olmos Gaona.
“El plan Brady supuestamente significaría un alivio para la deuda soberana entre 1992 y 1993. Pero no fue así. Cuando Argentina entró al plan su deuda era de u$s63.000 millones, y se refinanció u$s33.000 milones. Pero para el año 2000 la deuda, después de costosísimos pagos, era de u$s150.000 millones”, señaló el profesor de la UBA.
Bonos “karmáticos”
“No sólo Argentina realizó esta práctica, también lo hicieron desde hace décadas otros países”, relató a BBC Mundo Daniel Marx, un ex negociador de la deuda soberana del Gobierno argentino, a finales de los años noventa.
Fueron principalmente países latinoamericanos los que hicieron este canje de papeles, llamados luegos “Bonos Brady”, aceptando tales requerimientos.
Según algunos analistas, la inclusión de las estrictas condiciones se justificaba como una forma de transmitir confianza a los compradores de los títulos.
Y la práctica continúa utilizándose. En 2004, en el gobierno de Néstor Kirchner, la reestructuración de bonos de la deuda -a la que NML no se quiso acoger- incluyó la renuncia de soberanía en bienes del estado, pero con la diferencia de que se especificaba la inmunidad sobre los bienes militares argentinos en el exterior.
El plan Brady se implementó igual en todos los países. Fue una exigencia para que accedieran a crédito internacional y para que los bancos limpiasen sus balances de deudas que no pudiesen cobrar”, apuntó Olmos Gaona.
fueron bonos justamente emitidos con el Plan Brady los que ahora, dos décadas después, aparecen paradesatar una tormenta política en Argentina.
NML Capital compró estos papeles en el 2000, en medio de dudas sobre su pago y ante lo que se preveía era un inminente default o cesación de pagos, como en efecto ocurrió en diciembre de 2001.
La firma rechazó reestructurar la acreencia en 2004 y optó -siguiendo la estrategia corporativa de su casa matriz Elliot Management Corporation- por buscar recobrar la inversión en los tribunales basándose en un fallo que emitió a su favor un tribunal en Nueva York, Estados Unidos, en 2006.
La defensaArgentina alega que en Ghana “violó el derecho internacional” al haberse aceptado la solicitud de embargo en el tribunal local, que en efecto dejó demorada a la fragata argentina en el puerto de Tema y significó el cancelamiento abrupto del viaje de entrenamiento de más de 200 marinos por Europa, África y América latina.
El ministerio de Relaciones Exteriores argentino se basa en tres fallos de tribunales para sostener su postura:
  • Uno en Alemania en 2006 que señaló que al aceptar la renuncia de inmunidad se debería considerar si son bienes de estatus especial, como “material de las fuerzas armadas”.
  • Otro fallo es el de una corte en Francia, en 2011, que decidió que eran libres de embargo “las cuentas relativas a la Agregaduría de Defensa, al Ejército Argentino, a la Fuerza Aérea”.
  • Y la tercera sentencia -que esgrime la cancillería argentina- es la misma que se utiliza en Ghana para tratar de embargar a la Fragata Libertad, que excluyó de la misma a “toda propiedad que se encuentre o se entienda usada en conexión con una actividad militar o esté bajo el control de una agencia militar o de defensa”.

Según indicó Stella Maris Biocca, especialista en derecho internacional, a BBC Mundo, “aún aún cuando Argentina (…) entendiera que renunció a la inmunidad jurisdiccional, no debe extenderse la renuncia a la inmunidad de ejecución (…) de los principios generales del derecho internacional”.
“Este es un caso que posiblemente se resuelva por vía política, pero es un ejemplo más de la necesidad de derogar toda ley que admita la prórroga de jurisdicción y de admisión de la ley extranjera en todos las relaciones jurídicas en que el Estado es parte (…) En suma quizá llegue el tiempo de verificar a qué pantano nos arrojó la privatización de las reglas de derecho internacional”, concluyó Biocca al medio inglés.

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