Facilitará también las exportaciones estableciendo un modelo de solicitud certificado de libre venta
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica la normativa vigente en materia deregulación de productos zoosanitarios. Según se recoge en la referencia del Consejo afecta a una amplia gama de productos de uso en ganadería o en la práctica veterinaria, que comprende desde los reactivos de diagnóstico de las enfermedades de los animales hasta los de higiene, cuidado y manejos de los mismos. Las modificaciones introducidas tienen como objetivo simplificar y clarificar el régimen de la distribución comercial de los productos zoosanitarios, eliminando la autorización previa de los centros de distribución.
También se refuerzan las garantías sanitarias en el comercio de estos productos, exigiendo siempre una autorización previa de los productos zoosanitarios cuando no se fabriquen en la Unión Europea, sino que provengan de terceros países.
La referencia precisa que, mediante este Real Decreto, se facilitan las exportaciones de los productoszoosanitarios con el establecimiento de un modelo de solicitud-certificado de libre venta cuando los terceros países lo exijan, lo que permitirá a las empresas tramitar electrónicamente ante el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente los certificados.
Facilitará también las exportaciones estableciendo un modelo de solicitud certificado de libre venta
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica la normativa vigente en materia deregulación de productos zoosanitarios. Según se recoge en la referencia del Consejo afecta a una amplia gama de productos de uso en ganadería o en la práctica veterinaria, que comprende desde los reactivos de diagnóstico de las enfermedades de los animales hasta los de higiene, cuidado y manejos de los mismos. Las modificaciones introducidas tienen como objetivo simplificar y clarificar el régimen de la distribución comercial de los productos zoosanitarios, eliminando la autorización previa de los centros de distribución.
También se refuerzan las garantías sanitarias en el comercio de estos productos, exigiendo siempre una autorización previa de los productos zoosanitarios cuando no se fabriquen en la Unión Europea, sino que provengan de terceros países.
La referencia precisa que, mediante este Real Decreto, se facilitan las exportaciones de los productoszoosanitarios con el establecimiento de un modelo de solicitud-certificado de libre venta cuando los terceros países lo exijan, lo que permitirá a las empresas tramitar electrónicamente ante el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente los certificados.
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