miércoles, 12 de septiembre de 2018

Imponen a la producción de pollos parrilleros normas internacionales de bienestar animal


Debido a la presión internacional, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) estableció una serie de normas para mejorar el “bienestar animal” en la producción avícola, que comenzarán a tener vigencia en 180 días, es decir a partir de marzo de 2019. La Resolución 575/2018 fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial y ni […]
Debido a la presión internacional, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) estableció una serie de normas para mejorar el “bienestar animal” en la producción avícola, que comenzarán a tener vigencia en 180 días, es decir a partir de marzo de 2019.
La Resolución 575/2018 fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial y ni bien arranca reconoce que este tipo de medidas se adoptan en el país debido a que las impone un marco internacional bastante presionado por grupos de consumidores preocupados por el bienestar de los animales. “La Organización Mundial de Sanidad Animal (ex OIE), ha elaborado una serie de estándares, entre los cuales se encuentran los criterios o variables medibles del bienestar de los pollos de engorde”, explicó Senasa.
Concretamente, el Senasa estableció “los requisitos para el bienestar animal en los sistemas productivos de pollos de engorde, en el período comprendido desde la llegada de las aves de un día a la explotación hasta el momento de la captura”, es decir cuando se las lleva a faena.
A partir de esta normativa, las granjas avícolas deberán contar con un “veterinario responsable sanitario”, además de tener “un Manual de Bienestar Animal”. Allí “deben quedar descriptas claramente las medidas que adopte la empresa para cumplir con lo establecido en el Anexo” que acompaña esta resolución.
“Toda persona que esté en contacto con las aves debe ser capaz de identificar las condiciones adversas que ponen en riesgo el aseguramiento del bienestar animal. Cuando se tenga la sospecha de la presencia de una enfermedad de notificación obligatoria, debe realizarse la denuncia inmediata ante la Oficina Local” del Senasa, se estableció.
Respecto de los sacrificios ante casos de enfermedad, la nueva resolución determinó que “deben realizarse de forma humanitaria lo antes posible” según el procedimiento determinado por el propio Senasa. “Si se deben sacrificar animales por otros motivos que no sean sanitarios, el método a utilizar debe contemplar alguno de los descriptos” en el mismo anexo.
Las normativas sobre Bienestar animal deberán aplicarse también en la elección de una línea genética para la cría.
Para la hora de “capturar” los pollos para trasladarlos al frigorífico, la nueva norma determinó que esta tarea se debe planificar “de forma tal que se reduzca al mínimo el período de tiempo hasta el momento del sacrificio, así como el estrés durante la captura, el transporte y la espera”.
Los pollos que, en ese momento, no se consideren aptos para la carga, deberán ser sometidos “a sacrificio humanitario”, ya sea estén enfermos o heridos.
La captura debería ser únicamente realizada por personal capacitado, que debe “sujetar a las aves por el lomo, sosteniendo las alas y manteniendo al ave siempre en posición vertical, no debiendo ser capturadas por el cuello, ni las alas”. La excepción es “solo para aquellas aves con un peso inferior a 1,8 kilos pueden excepcionalmente ser cargadas por las dos patas, mientras que el número máximo en cada mano no sea mayor a tres aves”.
“Si se emplean equipos de captura mecánicos, estos deben ser diseñados, manejados y mantenidos de forma tal que minimicen las heridas, el estrés o el miedo en los pollos de engorde”, estableció el Senasa.
Sobre la tarea de carga de jaulas para el transporte, la nueva resolución indicó que “debe realizarse de manera adecuada para minimizar el estrés y evitar lesiones en las mismas”.
“Los pollos de engorde deben ser depositados con cuidado en la jaula de transporte. El número de aves que se coloque en cada una de las jaulas, debe tener en cuenta el peso de las aves, las condiciones climáticas y la distancia entre la granja y la planta de faena, garantizándose su comodidad y permitiendo que cada una de las aves transportadas pueda apoyarse sobre el piso del contenedor”, determinó la norma, para evitar el hacinamiento.
Agregó que: “Las jaulas de transporte deben estar diseñadas y mantenidas de tal forma que se minimicen las lesiones, debiendo llegar al lugar de carga de las aves, lavadas y desinfectadas”.
Una vez cargados los pollos, “las jaulas de transporte deben ser cerradas por los operarios después de cargar las aves y deslizarlas suavemente hasta la plataforma del vehículo de carga”.
El Senasa, que se reserva el derecho de inspeccionar la palicación de estas normas cuando lo considere convenientes, recomendó a los gobiernos Provinciales, Municipales y Departamentales “a desarrollar acciones que propendan a cumplimentar lo establecido en la presente resolución, como así también a que adecúen sus actuales normas a las exigencias de la misma”.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.