CHILE : Esta mañana el Director Regional del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), Leonidas Valdivieso Sotomayor, y el presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa CAR Ñuble Ltda., Guillermo Martínez Labbé, dieron a conocer la normativa vigente para el traslado de animales bovinos por el territorio nacional. En este sentido explicaron que los ganaderos [...]
CHILE : Esta mañana el Director Regional del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), Leonidas Valdivieso Sotomayor, y el presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa CAR Ñuble Ltda., Guillermo Martínez Labbé, dieron a conocer la normativa vigente para el traslado de animales bovinos por el territorio nacional.
En este sentido explicaron que los ganaderos deben inscribir sus establecimientos y obtener el Rol Único Pecuario (RUP), realizar la Declaración de Existencia Animal (DEA) todos los años en el mes de julio, usar el Formulario de Movimiento Animal (FMA) para todos los movimientos entre establecimientos. En el caso de los bovinos deben utilizar el Dispositivo de Identificación Individual Oficial (DIIO), el cual debe estar registrado en el FMA.
Asimismo aclararon que el uso del DIIO es obligatorio para todos los bovinos que se trasladen por el territorio nacional y que todos los bovinos nacidos a partir del 1 de septiembre de 2013 deben ser identificados con DIIO con radiofrecuencia (RFID) antes de los 6 meses de vida o previo a su salida del establecimiento de origen.
“Esta normativa tiene múltiples ventajas ya que permite respaldar la propiedad del ganado y de ésta forma fortalecer la prevención del delito de abigeato, entregar una mayor competitividad para la producción pecuaria nacional, mejorar los procesos de certificación de exportaciones pecuarias, ayudar a garantizar la inocuidad de los productos cárnicos y apoyar la detección y control de las enfermedades animales”, señaló el directivo del SAG.
Por su parte el presidente de CAR Ñuble anunció que todos los animales que lleguen sin DIIO a Ferias CAR serán identificados con el dispositivo, medida acordada con el SAG, y que esta medida se mantendrá por un periodo definido como apoyo a esta iniciativa. También podrán realizar este servicio en los predios de los agricultores que lo requieran. Además informó que empresas CAR está dispuesto a adquirir los stocks de DIIOS visuales de sus cooperados que lo soliciten.
Sobre el traslado de los animales, Valdivieso y Martínez indicaron que los transportistas deben trasladar la carga de los animales con los FMA, por lo cual deben exigir este documento a los ganaderos, verificar que los animales transportados sean los registrados en el formulario, que los antecedentes del medio de transporte correspondan a lo señalado en el documento y que los bovinos cuentan con DIIO y si- están registrados.
En este sentido el directivo del SAG explicó que al Servicio Agrícola y Ganadero intensificará los controles carreteros con el objetivo de velar por el cumplimiento de la normativa vigente.
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