miércoles, 29 de octubre de 2014

Agricultura volvió a postergar el tratamiento de beneficios para fertilización


Hubo desencuentros dentro del oficialismo y entre opositores. Mientras una parte de la bancada radical apoyó el proyecto del diputado Basterra, desde el FPV se objetaron a los destinatarios del beneficio. Desde el Socialismo, Barchetta pidió segmentación. Los arrendamientos por un año no estarían alcanzados por los beneficios
La iniciativa de ley que promueve el uso de fertilizantes para la agricultura con la posibilidad de desgravar totalmente la inversión en el impuesto a las ganancias, no tuvo aprobación definitiva en la reunión de la comisión de Agricultura y Ganadería de la Cámara de Diputados.
 
El proyecto cuya autoría corresponde al presidente de la Comisión Luis Basterra (FPV, Formosa) y fue acompañado posteriormente por el radical Juan Casañas (Tucumán), quedó pendiente en la discusión de los legisladores debido a divergencias que surgieron en el debate de Comisión.
 
Independientemente del color político de los diputados la propuesta goza de respaldo generalizado por parte de los legisladores, salvo por algunos puntos que se pusieron en la discusión tanto desde el oficialismo como desde la oposición. 
 
Aunque esas diferencias podrían salvarse en una próxima reunión la semana entrante, la iniciativa quedó demorada unos días más antes de pasar a la comisión de Presupuesto y Hacienda.
 
La principal objeción a la ley pasó por uno de los requisitos para acceder al beneficio de la desgravación del 100% sobre el impuesto a las ganancias de la inversión, que obliga a la presentación de un plan de fertilización de entre 3 y 5 años a los productores.
 
“El 70% de la producción se hace con contratos de arrendamiento de tipo accidental, es decir anual”, observó el santafecino Omar Barchetta (Socialista) y ex vicepresidente de la Federación Agraria Argentina. El legislador razonó que esos productores no podrían hacer un plan de tres años si tienen alquileres anuales. “¿Van a quedar afuera del beneficio?”, preguntó Barchetta.
 
“Exactamente”, le respondió Bastarra, a la sazón ingeniero agrónomo y ex vicepresidente del Inta. El formoseño aclaró que con la ley se busca entre otras cosas que los contratos se amplíen en el tiempo merced a la existencia del beneficio, pero aclaró desde el punto de vista técnico agronómico que para solucionar el problema estructural del déficit de nutrientes que hoy existe, el plan de fertilización no puede tener menos de tres años.
 
La ley aplica beneficios sin discriminar escalas de producción, la segmentación se da en todo caso cuando aparece una categoría fiscal de monotributo y su inclusión en el registro de agricultores familiares para quienes se prevé la entrega gratuita del insumo, dado que no pagan ganancias anualmente por su condición tributaria.
 
La idea de no discriminar por escala, y que tanto los grandes pooles como los medianos productores tuvieran el mismo tratamiento, rechinó en algunos diputados como la bonaerense Andrea García, del mismo bloque que Basterra.
 
Contrariamente, el diputado Ricardo Buryaile (UCR, Formosa) salió a respaldar la posición de su comprovinciano Basterra en la propuesta legislativa. Aclaró que si el 20% de los productores concentran el 80% de la producción de granos, el beneficio haría aumentar la torta productiva, y el resultado sería un aumento del producto final. Con ello habría más exportaciones y más ingresos para el fisco.
 
Bastarra aclaró que debía verse la ley como un complemento a la futura ley de suelos que trabaja el Ministerio de Agricultura que establece obligatoriedades a la fertilización, toda vez que el suelo es considerado un Recurso Natural asimilable a un Capital natural. 
 
Se puede extraer la renta de ese capital haciendo agricultura pero reponiendo los nutrientes para mantener el balance equilibrado. De lo contario no se estaría tomando la renta del capital natural (el suelo) sino que el agricultor se estaría comiendo el capital natural.
 
En el debate surgió la necesidad de revisar la ley de arrendamientos actual (data de 1948 aunque modificada en tiempos dictatoriales), y ver la posibilidad de que tanto el propietario del campo como el arrendatario accidental tengan posibilidades de ser incluidos en el beneficio de la ley bajo tratamiento. 
 
La comisión volverá a reunirse la semana entrante para tratar este y otros temas, dado que el reglamento de la Cámara impone como fecha límite para el despacho de expedientes el 20 de noviembre de cada año.

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