viernes, 13 de septiembre de 2013

MISIONES: El Senado giró a Diputados los cambios a la hora de definir el precio de la yerba mate

 Por las dificultades que se presentan a la hora de fijar el precio de la materia prima, y al no lograrse la unanimidad de los miembros del Directorio del Instituto Nacional de Yerba Mate a la hora de votar, los legisladores buscan que reformar la Ley “…se podrá fijar el precio con una mayoría especial de dos tercios (2/3) de los miembros integrantes del Directorio, para lo cual se requerirá en dicha sesión la presencia de un mínimo de los dos tercios (2/3) del total de los directores…”. El Senado votó a favor del proyecto, pero modificó el texto original. Así las cosas vuelve a la Cámara de Diputados para ser tratado por segunda vez. La votación fue por unanimidad, después de varias semanas de intensas gestiones realizadas por la Dra. Giménez12/09/2013 - 16:16



La senadora Sandra Giménez, también aclaró en declaraciones a Misiones En Baires, que se ha reemplazado la palabra “industria” por “cooperativa” en el texto del proyecto “lo que se incluye es la figura de un representante por Misiones y otro por Corrientes para el sector industrial, de manera tal que se hagan responsables visiblemente de lo que significa trabajar en forma coordinada agregando le valor y distribuyendo al pequeño productor las mejoras en el trabajo



Ahora se agrega el artículo 18 quater que sostiene que “en caso de no lograrse la unanimidad requerida en el artículo anterior, se podrá fijar el precio con una mayoría especial de dos tercios de los miembros integrantes del Directorio, para lo cual se requerirá en dicha sesión la presencia de un mínimo de los dos tercios (2/3) del total de los directores” y también se agrego que “una vez acordado el precio de la materia prima y la yerba mate elaborada salida del molino, será elevado al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación para su conocimiento”.



En caso de que al acuerdo se haya arribado por la mayoría de dos tercios el mismo deberá ser homologado por el Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca de la Nación quien deberá expedirse, en ambos casos, en un plazo de veinte días hábiles administrativos, a contarse desde el momento de su recepción.



Ante la falta de expedición por parte del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación dentro del plazo estipulado, se considerará silencio positivo, lo cual otorgará plena vigencia al acuerdo arribado por el INYM. 

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