sábado, 27 de julio de 2013

Tras el primer paso, la ley de tierras debe allanar el camino al desarrollo rural

El objetivo principal de la ley de tierras es, por un lado, determinar la titularidad, catastral y dominial de las tierras rurales, identificando las tierras en manos de extranjeros, ya sean personas físicas o jurídicas, y, por otro lado, regular los límites a la titularidad y posesión de tierras rurales en manos de extranjeros, cualquiera que sea su destino de uso o producción.
La ley establece que los extranjeros no podrán tener más del 15% del total de las tierras a nivel país. Dicho porcentual se computará también sobre el territorio de la provincia, municipio y/o departamento en que esté situado el inmueble. También establece para el futuro que ningún extranjero podrá adquirir más de 1000 hectáreas en la zona núcleo o la superficie equivalente, según la ubicación territorial. Por otro lado, las personas físicas o jurídicas de una misma nacionalidad extranjera no podrán superar el 30% del porcentual asignado a la titularidad, es decir, nunca más del 4,5% del total.
A tales efectos se creó el Registro Nacional de Tierras Rurales y el Consejo Interministerial de Tierras Rurales, como los organismos idóneos para llevar a cabo la denominada ley de tierras. Y el martes pasado fue oficialmente presentado el informe final, con los resultados del relevamiento.
La Cámara Argentina de Inmobiliarias Rurales (CAIR) celebra este paso importante llevado adelante, que sintéticamente reflejamos del siguiente modo: 1) La Argentina es el octavo país del mundo, con una superficie total de 279.181.000 hectáreas. 2) El país tiene 267.679.474 ha de tierras rurales, es decir, el 95,88% de su territorio nacional. 3) El total de hectáreas en manos de extranjeros es de 15.881.069, es decir, el 5,93% de las tierras rurales a nivel nacional.
Es importante destacar que dentro del 5,93% de tierras rurales en manos de extranjeros están incluidas todas las grandes extensiones de tierras vinculadas a la minería, que no se deberían considerar tierras agrícola-ganaderas, pues están muy lejos de serlo. En ocasión del debate previo de ley de tierras, en 2011, la presunción de la CAIR acerca del bajísimo grado de extranjerización de los suelos agrícola-ganaderos se cumplió e incluso los guarismos que surgen son aun algo menores a los que "intuitivamente" el conjunto de las empresas inmobiliarias rurales especializadas suponían y esperaban. Que la provincia de Córdoba tenga sólo el 1% y Buenos Aires el 3,5% de tierras en manos de extranjeros habla a las claras de que la pampa húmeda está definitivamente en manos de argentinos, tal como lo suponíamos. Esta suposición no surgió como un acto intempestivo, sino que fue fruto de un muestreo tomando partidos y/o departamentos realizado por las empresas inmobiliarias socias de esta cámara.
Ahora es necesario que la ley continúe su camino, pues si bien el paso dado es importante, a los efectos comerciales aún está incompleta. Para que sea de utilidad para todos los actores hay que determinar las equivalencias, un paso imperioso y urgente. No son lo mismo 1000 hectáreas de tierra agrícola buena de la pampa húmeda (inversión estimada en US$ 12.000.000) que 1000 ha de tierras marginales, donde se necesitan 6 ha para tener una vaca (inversión estimada: US$ 500.000). Por lo que se debería implementar con criterio y equidad las equivalencias para cada zona, verificando la calidad de sus suelos, su potencial, sus limitaciones y demás ítems que resulten para valorar la tierra.
Es imperioso que las equivalencias permitan un desarrollo agrícola-ganadero sustentable también desde lo económico. Nos animamos a decir que deberían ser generosos y amplios para darles más oportunidades a las tierras de menor desarrollo. Si eso no ocurriera estaríamos privilegiando las zonas de campos buenos en detrimento de las zonas marginales, ahondando aún más las diferencias existentes.

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