sábado, 15 de diciembre de 2012


Bienestar animal : Entra en vigencia la normativa comunitaria

ANALISIS DE LA NORMATIVA Y POSIBILIDADES ARGENTINAS PARA ADECUARSE
Los 27 estados parte de la Unión Europea y los terceros países proveedores de productos de origen animal deberán implementar a partir del próximo primero de enero las acciones necesarias para cumplir con el Reglamento (CE) Nº 1099/99 de septiembre de 2009, relativo a la protección de los animales en el momento de la matanza. Esta extensa norma reemplaza a la Directiva 93/119/CE, que establecía normas mínimas de protección en el sacrificio.
El viejo continente comenzó a establecer pautas desde 1974, observándose grandes disparidades y controversias en su aplicación. Recién podemos ver un insipiente consenso en el cumplimiento en los últimos diez años. En ese tiempo, la OIE también instaló el tema en su agenda y redactó un capítulo específico en su Código Terrestre, siendo el 7.5 el relacionado con el Sacrificio de Animales.

Análisis

Si bien no existe discusión en cuanto a que en el momento de la matanza pueden aparecer situaciones evitables que provocan dolor, angustia, miedo u otras formas de sufrimiento a los animales y que, por ello, resulta recomendable tener directrices al respecto -con base científica-, éste reglamento exige cumplir con algunos requisitos que resultan inciertos; y en otros casos, arbitrarios.
La discusión de fondo es que para la Organización Mundial de Comercio -en su Acuerdo Sanitario y Fitosanitario-, los temas relacionados con el bienestar animal no fueron incluidos como sanitarios; y no pueden ser tomados en las certificaciones sanitarias oficiales. Esta nueva norma lo exige en su Capítulo II, artículo 12.
Sin embargo, el bienestar animal fue identificado por los países miembros como una de las prioridades del Plan Estratégico de la OIE para el periodo 2001 – 2005. A consecuencia de ello, se elaboraron recomendaciones y directrices que abarcan a las prácticas de bienestar animal, reafirmando así que la sanidad es un componente clave en esta materia.
Desde lo personal, estoy acuerdo con el vínculo directo entre sanidad y bienestar animal. Legalmente, la diferencia se plantea en que las normas generadas en el OMC/SPS son de adopción obligatoria por las autoridades competentes de cada país miembro y las adoptadas en la Asamblea General anual de la OIE, son de carácter recomendatorio y nacionalización voluntaria. Las especies silvestres, los peces, los reptiles y los animales errantes quedan excluidos de la presente reglamentación, al igual que los rifles sanitarios oficiales, ejecutados como acción ante un brote de una enfermedad emergente o exótica. La norma también justifica otras excepciones bajo argumentos “culturales” o “deportivos”, a mi entender inaceptables (sería el caso de las corridas de toros, tiro al pichón, etc.).
Asimismo, legisla sobre la faena religiosa judía o musulmana, estableciendo redacciones ambiguas. Continúa permitiendo que a los animales se los degüelle, sin insensibilización previa por “respeto a la libertad de las tradiciones”; pero -a su vez- exige cajones con nuevos mecanismos de sujeción de los animales que aún no tienen suficiente respaldo científico.
Resulta positiva la obligatoriedad de contar con personal debidamente formado y calificado en bienestar animal en las plantas frigoríficas.
Este personal actuará como responsable de la aplicación de las normas, y para ello se le exigirá la obtención de un certificado oficial de competencia para la realización de sus tareas, relacionadas a las operaciones de sacrificio.
Será la autoridad competente de cada país o a la institución a quien ésta le delegue la capacitación, la que otorgue dicho certificado.
Sin embargo, las plantas pequeñas (que faenen menos de 1.000 mamíferos o 150.000 aves o conejos al año) son exceptuadas porque la misma es considerada “desproporcionada”.

Impacto local

Argentina está en condiciones de cumplir con la presente reglamentación y así agregarle valor a sus ya reconocidas carnes. Los mercados están valorando la correcta aplicación en las plantas de faena de normativas relacionadas con el tema y, por ello, se las selecciona como proveedores, por caso, de Mc Donald´s.
Queda aún mucho por trabajar y educar en el ámbito del campo y en el transporte de los animales.
De hecho, en mayo la Asamblea General de la OIE adoptó un capítulo referido a “bienestar animal y los sistemas de producción de ganado vacuno de carne”.
Los países, que a través de sus servicios veterinarios, “vean” los beneficios de avanzar en este sentido y legislen, tendrán rápidamente más kilos de carne de producción al año y mejores mercados de valor para colocar sus productos.
DR. RODOLFO ACERBI
Vicepresidente Asociación Argentina
de Bienestar Animal (SOMEVE)

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