viernes, 5 de octubre de 2012

Novel Foods, nuevos alimentos para el mercado de Europa


Cada uno debe someterse a una evaluación de seguridad
Con el objetivo de asegurar la salud de la población en la Unión Europea (UE), la Comisión Europea (CE) controla la comercialización e importaciones de productos alimenticios dentro del bloque con el fin de garantizar el más alto nivel de protección de la salud humana. 
De acuerdo a un documento elaborado por Cristián Jara Taito, Agregado Agrícola de la Agregaduría Agrícola de Chile en la Unión Europea cada nuevo producto alimenticio debe ser aprobado por la CE antes de poder comercializarse en el mercado interno.
“A estos nuevos alimentos se les clasifica como Novel Foods y cada uno de estos debe someterse a una evaluación de seguridad antes de ser puesto en el mercado de la UE, para que sólo aquellos productos que se consideran seguros para el consumo humano sean autorizados”, dice el informe.
El documento explica que los Novel Foods son aquellos productos que antes de mayo de 1997 no habían sido utilizados para el consumo humano en una medida significativa en la Comunidad Europea.
Explica además que la autorización también se requiere para nuevos métodos de producción de alimentos o ingredientes alimentarios, por ejemplo alimentos producidos utilizando nanotecnología no utilizados antes de mayo de 1997.
“El consumo del producto en otra parte del mundo no se toma en cuenta”, consigna el informe.
“La responsabilidad de  demostrar la historia de uso del producto recae en la  empresa que quiera comercializar el producto. Una fuente de información que se puede utilizar  para este propósito es el Catálogo de Nuevos Alimentos publicado en el sitio web de la Comisión”, agrega.
Cómo solicitar la autorización
Jara señala que la empresa o persona que quiera solicitar la autorización de un Novel Foods debe presentar su solicitud, de acuerdo con la recomendación de la Comisión  (97/618/CE) que incluye información científica e informe de evaluación de seguridad, al Estado miembro en que quiere comercializar su producto.
Además debe enviar una copia a la Comisión y las solicitudes siempre se dirigen a la Comisión Europea a través del país al cual se quiere comercializar un Novel Foods.
“La Comisión  es quién puede recibir comentarios u objeciones de parte de otros Estados miembros. Si se hacen objeciones, se consulta a EFSA (European Food Safety Authority) sobre el asunto. Si no se presentan, en el informe inicial, el Estado miembro responsable  es quién  decide sobre la concesión o denegación de la autorización para la comercialización”, agrega.
La lista de autorizaciones es publicada en el sitio web de la Comisión Europea. Aquí también es posible encontrar información sobre los Novel Foods que han sido autorizados sobre la base de la equivalencia sustancial.

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