domingo, 12 de agosto de 2012

Parte de pesca electrónico obligatorio



Con el objetivo de mejorar el control sobre la flota pesquera que opera con permisos provinciales, la Dirección Provincial de Pesca decidió poner en vigencia la Resolución 252/11 del Ministerio de Asuntos Agrarios que establece la obligatoriedad, a los titulares de permisos de pesca en la jurisdicción, de completar el parte de pesca electrónico “indefectiblemente” dentro de un plazo máximo de 120 horas desde la finalización de cada marea.
La aplicación de la Resolución 252/11 quedó plasmada en la Disposición 160/12 que realizó la Dirección que comanda el marplatense Mariano González a través de la Dirección de Desarrollo Marítimo y Fluvial, con fecha del 2 de agosto pasado.
Además del control, la medida tiene como objetivo monitorear la operación de los distintos rangos de flota que opera en la jurisdicción bonaerense y preservar las distintas pesquerías. Principalmente la de corvina, fuente principal en esta época del año de la flota artesanal y de rada/ría de Mar del Plata que opera desde otros puertos bonaerenses como la desembocadura del Río Salado, Lavalle y Ensenada.
Las embarcaciones que deberán confeccionar el parte electrónico no son solo las que tiene permiso sino también las que cuentan con “Autorización” del Estado provincial para realizar la actividad extractiva.
Desde la Dirección Provincial de Pesca entienden que los datos suministrados por los partes de pesca de las embarcaciones que operan en los puertos de la Provincia de Buenos Aires permiten recabar importante información estadística y biológica, necesaria para conocer el estado de los recursos pesqueros y establecer medidas de manejo tendientes a una gestión sustentable y a una adecuada administración de la pesquería.
Mediante un sistema Web (http://www.maa.gba.gov.ar/pesca/ppesca/ ) se puede completar el parte de pesca que actualmente se materializaba en un formulario de papel. El sistema tiene como únicos requisitos una conexión a Internet, una PC, un navegador web y una cuenta de usuario que proporciona la misma Dirección Provincial.
Cada usuario puede acceder únicamente a la información de las embarcaciones asignadas, las cuentas de usuarios se pueden generar para el representante de la embarcación y/o a la/las persona designada/s para cargar los partes de pesca, un mismo usuario puede cargar partes de pesca para una o varias embarcaciones y con el mismo usuario se puede acceder desde diferentes lugares al mismo tiempo.
Una vez cargado el parte en el sistema, el usuario de carga deberá imprimirlo desde la propia página del organismo. El documento deberá ser firmado por el patrón de pesca y presentado en el plazo previsto en las oficinas de la Dirección Provincial de Pesca. El artículo 2 de la Disposición establece que aquellas embarcaciones que no cumplan con la presentación del parte de pesca en el plazo establecido no serán despachadas a la pesca por la Prefectura Naval Argentina.

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